
Regula las relaciones entre particulares en relación con los atributos de la persona, la familia, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos.
La vida en sociedad, trae aparejada una serie de reglas, primordialmente de materia civil, pero desafortunadamente no es posible que la totalidad de individuos en la sociedad cumplan a cabalidad con lo establecido. Aún cuando el Derecho Civil, proporciona una gran variedad de derechos y establece obligaciones, la voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni tampoco puede alegarse contra esa observancia, desconocimiento, desuso, costumbre o práctica en contrario. Por ello, con el fin de que su patrimonio personal, familiar, bienes y derechos reales y personales queden a salvo de abusos o pérdidas, le apoyamos con:
- Otorgamiento de todo tipo de escrituras.
- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
- Otorgamiento y recuperación de posesión.
- Interdicción de obra peligrosa.
- Cambio a régimen de condominio.
- División de cosa común.
- Responsabilidad Civil.
- Contratos.
- Derechos negociables.
- Daños y perjuicios.
- Hipotecas.
- Transacciones.
- Rescisiones.
- Liquidaciones.
- Reivindicaciones.
- Convenios.
- Embargos.
- Tercerías.
- Arbitrajes.
- Donación.
- Permutas.
- Usufructos.
- Cesiones
- Etc.